Las nueve musas
Gramática

Sobre el caso dativo

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Continuamos con nuestro repaso de los casos gramaticales (el que nos ha llevado a analizar cada uno por separado). En este artículo, por tanto, nos ocuparemos del dativo.

  1. Generalidades

 Nuestro cuarto caso es el dativo, que etimológicamente debe su nombre a su función más evidente, esto es, la de expresar el término último de la acción del verbo dar. Como la expresión dar algo, en un sentido estricto, no puede concebirse sin mencionar también a la persona, animal o cosa que recibirá eso que se da, esta persona, animal o cosa es la que expresará el término último del verbo del que hablamos.

En nuestra sintaxis, del mismo modo que el acusativo se corresponde con el complemento u objeto directo, el dativo se corresponde con el complemento u objeto indirecto (Ofreció sus disculpas a la reina). Recordemos lo que nos decía al respecto la Academia:

Si se nos pregunta: ¿A quién has visto esta mañana?, y contestamos: He visto a Juana, el nombre Juana está en acusativo; pero si se nos pregunta: ¿A quién has dado el clavel?, y contestamos: He dado el clavel a Juana, aquí Juana ya no es acusativo, sino dativo: el acusativo es clavel, objeto en que recae directamente la acción del verbo transitivo dar, y Juana es el complemento indirecto o dativo, por ser el nombre que indica el objeto (persona, animal o cosa) en que se cumple y termina la acción del verbo incorporada ya en el acusativo. De modo que, con verbos transitivos, el dativo no es sólo complemento del verbo, sino del concepto complejo expresado por éste y el acusativo a la vez: he dado el clavel A JUANA; Jesucristo lavó los pies A LOS APOSTOLES. Este caso lleva siempre las preposiciones a o para, y completa no sólo la significación de los verbos transitivos e intransitivos, sino también la de adjetivos, como cuando decimos: apto para las armas; dispuesto para la marcha; locuciones equivalentes a tiene aptitud para las armas; está en disposición para la marcha.[1]

Como podemos advertir, el único complemento verbal que puede combinarse con el verbo núcleo para formar un «concepto complejo» es el complemento u objeto directo, ya que esto es imposible con el dativo. Por ejemplo, en la oración Sancho pone la silla a Rocinante, el verbo poner y el complemento la silla pueden formar el concepto complejo ensillar; pero esto es imposible de hacer con poner y Rocinante, por consiguiente, decimos que el complemento a Rocinante es un objeto indirecto, complemento que naturalmente está en dativo. Vale aclarar que no es necesario que el concepto complejo exista ya formado, basta con que se pueda formar. En el ejemplo que proponía la Academia, He dado un clavel a Juana, es posible formar un concepto complejo a partir del verbo dar y el complemento un clavel, que bien podría representarse con el verbo inexistente clavelear, pero no se puede hacer lo mismo con dar y Juana, por esa razón, decimos que el complemento a Juana es un objeto indirecto.

La Academia también nos decía en su definición que el dativo «lleva siempre las preposiciones a o para». Sin embargo, la preposición a puede asimismo encabezar circunstanciales, como ocurre en Rocío se ha ido a Londres. Será fácil determinar la función de esta preposición recordando que los complementos circunstanciales no tienen el menor interés en la acción del verbo. En el ejemplo citado, el sustantivo Londres no tiene el menor interés en que Rocío se haya ido. No se tratará, entonces, de un objeto indirecto, sino de un complemento circunstancial de lugar, pues expresa una circunstancia: el destino de Rocío.

Con respecto a la preposición para, conviene recordar la distinción que hacían los gramáticos latinos entre el dativo de interés y el dativo de finalidad. En el primero, el objeto indirecto es una persona, animal o cosa personificada; en el segundo, una cosa que expresa el propósito que guía la acción. Esto solo sucede de manera parcial en español, pues el dativo de finalidad no existe en nuestra lengua. Así pues, en la oración He comprado estos libros para mi hijo, la preposición para marca el interés que tiene mi hijo en la compra de los libros; pero en la oración Mi hijo estudia para maestro, la preposición para no marca un interés, sino un destino o una finalidad y, por lo tanto, para maestro no sería un objeto indirecto. En suma, el vocablo regido por la preposición para estará dativo únicamente cuando se trate de un pronombre (He compuesto esta canción para ti) o de un sustantivo de persona (Ricardo ha comprado una sortija para su prometida). Cabe señalar, además, que el dativo de interés permite reemplazar la preposición para por la preposición a.

  1. El dativo ético

Existen verbos en los que la acción queda completa tan solo con el objeto directo; sin embargo, construimos la frase además con un dativo, que es el tradicionalmente llamado ético,[2] el cual, siempre y cuando se relacione con personas o pronombres personales, indica la participación moral de un individuo en la acción. Por lo general, vemos que se usa para dar tono familiar y festivo a la oración, que es lo que ocurre en expresiones como No te me pongas sentimental.

En latín, este dativo solo aparecía en los pronombres de primera y de segunda persona, pero en español hemos extendido su uso a la tercera persona (que en latín tenía otro matiz) e incluso al sustantivo. Así, podremos decir, por más que en principio suene extraño, En Irán mataron un hijo a mi vecino, donde el complemento mi vecino, que no tiene intervención directa en la oración, recibe el efecto moral de ella. Para acentuar dicho efecto, también solemos emplear un dativo pleonástico de pronombre personal, que es lo que ocurre en la oración A mi vecino le han matado un hijo.

En suma, para emplear este dativo es necesario que la persona que lo representa no sea el término de la acción verbal, sino que roce sus consecuencias. Así, en la frase El perro se ha comido la carne se manifiesta un hecho que no tiene por qué afectarnos; pero en El perro se me ha comido la carne se indica un hecho que, en algún punto, ha perjudicado a alguien; específicamente, a mí. Del mismo modo, cuando decimos A uno de mis alumnos le han dado un premio sorprendente, solo afirmamos un hecho; pero, cuando decimos Me le han dado un premio, resaltamos la satisfacción que el hecho nos provoca.

  1. El dativo con verbos intransitivos

 Con esta clase de verbos, el dativo es el único término de la oración, siempre y cuando la idea de interés sea la que rija sobre ella, y siempre y cuando el término no intervenga directamente en la acción verbal. Esto se da también cuando el verbo intransitivo se descompone en otro transitivo con objeto directo, por ejemplo, en expresiones como Me agrada comer o Me da gusto comer.

Asimismo, este dativo es propio de los verbos intransitivos que forman oraciones reflexivas con pronombres personales, como irse, morirse, atravesarse, dormirse, quedarse, partirse, salirse, estarse, avergonzarse, reírse, alegrarse, etc., en los cuales estos pronombres (se, me, te, nos, os), desde un punto de vista gramatical, son dativos que denotan que el acto se refiere a la misma persona que lo ejecuta, pero como interesada en él, aunque, claro, no como objeto directo. Así, Yo me acuesto vale por Me acuesto a mí mismo, como contrapuesto a Acuesto al niño; pero Yo me muero no vale por Me muero a mí mismo, cuya contraposición sería Yo muero a otro. Estas construcciones son las que ofrecen mayores dificultades para su clasificación lógica. En ciertos verbos de los mencionados, como irse, salirse, estarse, etc., el pronombre, como dice Cuervo, es «mero signo de espontaneidad»[3], y la construcción no puede reducirse al análisis. Pregunta también Cuervo: «¿Se modificará el carácter del verbo al agregarle un pronombre que no tiene funciones deslindadas de acusativo o dativo, sólo porque con los transitivos que sirven de modelo ha de tomarse como acusativo en virtud de serlo los demás pronombres con que se juntan? Si se modifica, ¿cómo podrá probarse?»[4].

Este pasaje del Quijote parece corroborar las anteriores apreciaciones: «… a todos los que van en el navío se les mueren los piojos»[5], donde encontramos un dativo innegable en el pronombre les, pero también dificultades para calificar al se que le precede.

  1. El dativo en los pronombres personales

 Es en estos pronombres en los que, en nuestro idioma, puede hablarse estrictamente de casos y, por lo tanto, de dativo. En los de primera y segunda persona, confundiéndose las formas de acusativo (me quiere, te llama, nos ven) y de dativo (me muestra cariño, te gusta, nos desagrada); en los de tercera, generando problemas de otra índole, ya que las formas del acusativo y el dativo son distintas: lo, la, los y las, en acusativo; le y les, en dativo. Esto, que debería facilitar el análisis, constituye, por el contrario, una de las grandes dificultades cuando, como es común en muchas regiones de España e Hispanoamérica —incluso entre autores de renombre—, se atiende más a la semejanza de la terminación genérica que a la función sintáctica del pronombre. A este fenómeno se lo conoce con el nombre de leísmo.

El leísmo se caracteriza por el uso de los pronombres le y les en función de complemento u objeto directo, algo que, en español, se considera indiscutiblemente un error gramatical. Recordemos lo que nos decía el Diccionario panhispánico de dudas al respecto:

Los pronombres le, les proceden, respectivamente, de las formas latinas de dativo illi, illis. El dativo es el caso de la declinación latina en el que se expresaba el complemento indirecto. Por ello, la norma culta del español estándar establece el uso de estas formas para ejercer dicha función, independientemente del género del sustantivo al que se refiere el pronombre: «Conocí a un cirujano plástico a quien le conté mi problema» (Tiempo [Col.] 1.12.87); «Yo nunca le conté a mi madre que había visto agonizando […] al hijo del Ferroviario» (Asenjo Días [Esp. 1982]); «Al despedirlos les di veinte pesos» (Ibargüengoitia Crímenes [Méx. 1979]). Por tanto, son casos de leísmo usos como los siguientes, en los que le funciona como complemento directo: «Era Huayna Cápac, según dicen muchos indios que le vieron y conocieron, de no muy gran cuerpo» (Salvador Ecuador [Ec.  1994]); «Los romanos […] solían cocinarle [el cerdo] entero» (VV. AA. Matanza [Esp. 1982]). Debido a su extensión entre hablantes cultos y escritores de prestigio, se admite el uso de le en lugar de lo en función de complemento directo cuando el referente es una persona de sexo masculino: «Tu padre no era feliz. […] Nunca le vi alegre» (T. Ballester Filomeno [Esp. 1988]). Sin embargo, el uso de les por los cuando el referente es plural, aunque no carece de ejemplos literarios, no está tan extendido como cuando el referente es singular, por lo que se desaconseja en el habla culta: «Casi nunca les vi con chicas» (Vistazo [Ec.] 3.4.97). El leísmo no se admite de ningún modo en la norma culta cuando el referente es inanimado: El libro que me prestaste le leí de un tirón; Los informes me les mandas cuando puedas. Y tampoco se admite, en general, cuando el referente es una mujer: Le consideran estúpida, aunque existen algunos casos en que el leísmo femenino de persona no se considera incorrecto.[6] (RAE y ASALE, 2005)

Diccionario panhispánico de dudas (Diccionarios RAE)
  • Real Academia Española, Real Academia Española (Autor)

En lo concerniente al origen de este fenómeno, el DPD no indicaba esto:

El leísmo, al igual que otros fenómenos paralelos relacionados con el uso antietimológico de los pronombres átonos de tercera persona (→LAÍSMO y LOÍSMO), surge en Castilla durante la Edad Media. Todos estos fenómenos parecen deberse al nacimiento, en época temprana de la evolución del castellano, de una tendencia que, a diferencia de lo que ocurría en latín, en lugar de distinguir funciones gramaticales a través de las distintas formas pronominales —le(s) para el complemento indirecto y lo(s), la(s) para el complemento directo—, tiende a diferenciar entre masculino y femenino, por un lado, y entre persona y cosa por otro; también influye en muchos casos la condición de contable o no contable del referente. Muy a grandes rasgos, la distribución, en este nuevo sistema, sería la siguiente: le(s) para el masculino de persona; lo(s) para el masculino de cosa, y la(s) para el femenino de persona y de cosa. El leísmo se documenta desde los primeros textos medievales castellanos. No obstante, en el siglo xiii, época de la reconquista de casi toda Andalucía, este fenómeno no se hallaba lo suficientemente extendido como para instalarse en la norma andaluza y, por consiguiente, tampoco caló en el español atlántico (Canarias e Hispanoamérica). Así pues, y en líneas muy generales, suelen distinguirse dos zonas: una marcadamente leísta, que abarca el área central y noroccidental de Castilla —junto con focos aislados en ciertos países hispanoamericanos— y otra no leísta, que abarca la mayor parte del mundo hispánico.[7]

 Más allá de las sutiles concesiones —indudablemente suscitadas por el uso— que plantea el DPD para los pronombres le y les, somos partidarios de que se respete el uso marcado por la función sintáctica en cualquier circunstancia.

Rebajas

[1] Academia Española. Gramática de la lengua española, Madrid, Espasa-Calpe, 1931.

[2] Cabe señalar que este es el dativo que, con justa razón, Bello, en su Gramática de 1847, llamaba superfluo.

[3] Andrés Bello. Gramática de la lengua castellana destinada al uso de los americanos, en Obras completas. Tomo IV. Notas de Rufino José Cuervo, Caracas, La Casa de Bello, 1995.

[4] Ibíd.

[5] Miguel de Cervantes Saavedra. Segunda parte de El ingenioso hidalgo don Quijote de la Mancha, en Obras Completas. Tomo I, Madrid, Aguilar, 2003.

[6] RAE y ASALE. Diccionario panhispánico de dudas, Madrid, Espasa-Calpe, 2005.

[7] Ibíd.

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Flavio Crescenzi

Flavio Crescenzi

Flavio Crescenzi nació en 1973 en la provincia de Córdoba, Argentina.

Es docente de Lengua y Literatura, y hace varios años que se dedica a la asesoría literaria, la corrección de textos y la redacción de contenidos.

Ha dictado seminarios de crítica literaria a nivel universitario y coordinado talleres de escritura creativa y escritura académica en diversos centros culturales de su país.

Cuenta con seis libros de poesía publicados, los dos últimos de ellos en prosa:
• «Por todo sol, la sed» (Ediciones El Tranvía, Buenos Aires, 2000);
• «La gratuidad de la amenaza» (Ediciones El Tranvía, Buenos Aires, 2001);
• «Íngrimo e insular» (Ediciones El Tranvía, Buenos Aires, 2005);
• «La ciudad con Laura» (Sediento Editores, México, 2012);
• «Elucubraciones de un "flâneur"» (Ediciones Camelot América, México, 2018).
• «Las horas que limando están el día: diario lírico de una pandemia» (Editorial Autores de Argentina, Buenos Aires, 2023).

Su primer ensayo, «Leer al surrealismo», fue publicado por Editorial Quadrata y la Biblioteca Nacional de la República Argentina en febrero de 2014.

Tiene hasta la fecha dos trabajos sobre gramática publicados:
• «Del nominativo al ablativo: una introducción a los casos gramaticales» (Editorial Académica Española, 2019).
• «Me queda la palabra: inquietudes de un asesor lingüístico» (Editorial Autores de Argentina, Buenos Aires, 2023).

Desde 2009 colabora en distintos medios con artículos de crítica cultural y literaria.

Reseñas literarias

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